Asignación de Becas 2010
ARTICULO PRIMERO:  En conformidad a lo dispuesto en el articulo 24 del D.F.L.Nº 2, del Ministerio de Educación y a lo agregado por el artículo 2, Nº 6 de la Ley Nº 19.532, se establece el Reglamento Interno de Asignación de Becas a estudiantes de Establecimientos Educacionales de Financiamiento Compartido.

ARTICULO SEGUNDO: Se eximirá en forma total o parcial de los cobros mensuales a los alumnos con situación económica deficitaria,  de buen rendimiento escolar y/o destacada participación en el ámbito deportivo, cultural, artístico u otras disciplinas, a nivel “local, regional o nacional” que tenga a lo menos 1 año de permanencia en el establecimiento y sin problemas de morosidad ni de conducta. De acuerdo al procedimiento que se establece en los artículos siguientes:

ARTICULO TERCERO: Las postulaciones deberán hacerse a más tardar el  31  de octubre del año anterior al período de exención, en formularios elaborados por el establecimiento respectivo a través de la Comisión de Calificación y Selección de Becas, que estará integrada por los siguientes miembros: Directora, Sub-Directora, Sostenedor del Establecimiento, un representante del Consejo de Profesores y un representante del Centro General de Padres y Apoderados. Designación que deberá hacerse a más tardar el 31 de octubre del año anterior al de la aplicación de la exención.

ARTÍCULO CUARTO: El formulario de postulación de las becas socioeconómicas contendrá a lo menos, los siguientes parámetros:

* Antecedentes del alumno: Nº de observaciones positivas, Nº de observaciones negativas, % de asistencia, Nº de atrasos, participación en ACLE.
* Número de hermanos, subdividido en cinco segmentos: Hermanos estudiando en enseñanza básica.  Hermanos estudiando en Enseñanza Media. Hermanos estudiando en Enseñanza Superior.  Hermanos estudiando en el mismo establecimiento en el que postula a beca  y hermanos que no estudian.
* El grupo familiar vive en casa propia   ______ SI _____ NO

El grupo familiar tiene automóvil                  ______ SI _____NO



c1) El grupo familiar mantiene deudas o paga dividendo hipotecario, dividido en tres segmentos: Paga hasta un ingreso mínimo. Paga entre uno y dos ingresos mínimos mensuales.  Paga más de dos ingresos mínimos mensuales.

*  
* Ingreso grupo familiar per cápita, subdividido en cuatro segmentos; Menos de un ingreso mínimo mensual.  Más de un ingreso mensual y menos de dos ingresos mínimo mensuales.  Más de dos ingresos mínimos y menos de tres ingresos mensuales.  Más de tres ingresos mínimos mensuales.
* Salud del grupo familiar, dividido en tres segmentos: Sin problemas de salud en el grupo familiar.  Con problemas de salud, algún miembro de la familia. Enfermos crónicos o terminales en el grupo familiar.
* Lugar de residencia de la familia,  dividido en cuatro segmentos: Viven en la misma comuna.  Vive en otra comuna. Vive en sector urbano.  Vive en sector rural.
* Constitución del grupo familiar, dividido en cuatro segmentos: Vive con sus padres.  Vive con uno sólo de sus padres.  Vive con algún familiar.  Viven de allegados.
* Compromiso del apoderado:

% de asistencia a reuniones

% de asistencia a citaciones de profesores u otros.



ARTICULO QUINTO: Los postulantes deberán acompañar al formulario expresado en el artículo anterior, todos los antecedentes que acrediten lo expresado en la postulación considerándose para el efecto, entre otros, los siguientes: Informe socioeconómico del grupo familiar extendido por Asistente Social o ficha C.AS. con una antigüedad no superior a seis meses, Informe actualizado de notas del postulante, declaración de Impuestos mensuales, pago de dividendo hipotecario, certificados médicos, certificados de matrícula de hermanos estudiantes, liquidaciones de sueldo, pago de cotizaciones provisionales (3 últimas) finiquito del último empleo en caso de estar cesante. Antecedentes médicos si el caso lo amerita.



ARTICULO SEXTO: El Consejo de Profesores podrá proponer a su vez, hasta la fecha límite de postulación señalada en el artículo tercero de este Reglamento Interno, a la Comisión de Calificación y selección de Becas, a aquellos alumnos con mejores promedios de notas y excelente comportamiento dentro y fuera del Establecimiento Educacional que por razón socioeconómica debieran ser favorecidos.

A aquellos alumnos más esforzados y a aquellos alumnos por mérito deportivos, culturales, artísticos y/u otros, estimen que se hacen merecedores de dicho beneficio, debiendo quedar dicha propuesta consignada en un Acta del Consejo de Profesores.

* Los alumnos que sean favorecidos con beca deportiva deben asistir a todas las prácticas deportivas que el colegio solicite sean estos entrenamientos o partidos y participar exclusivamente  por el colegio en las competencias locales. Los alumnos que no cumplan con esta cláusula perderán  su beca deportiva.



ARTICULO SEPTIMO: Los alumnos postulantes deben mantener un excelente comportamiento (no debe registrar suspensiones por conducta). Además  un promedio general de notas superior a 5,5.



ARTICULO OCTAVO: Los alumnos que postulan a beca deportiva deben presentar informe de personalidad (no puede tener suspensiones por conducta), informe de notas, atrasos y asistencia a clases,  asistencia a entrenamientos y compromisos deportivos. Además compromiso de los padres en relación a su asistencia



ARTICULO NOVENO:  Todas las postulaciones recibidas al   31 de octubre, conforme al procedimiento de postulación señalado en los artículos tercero y sexto precedentes, serán vistas y resueltas por la Comisión de Calificación y Selección de Becas, a más tardar el 30 de noviembre, debiendo elaborar un listado de seleccionados en orden de prelación tanto respecto a las postulaciones hechas por los interesados, como las postulaciones que ha hecho el Consejo de Profesores, debiendo además, elaborar un listado con las postulaciones rechazadas.  La comisión ponderará los puntajes a dar a cada segmento, contenidos en el  formulario de postulación, referidos en el artículo cuarto de este Reglamento.  La Beca tendrá un duración de un año,  correspondiendo al año escolar para el que se postula.   



ARTICULO DÉCIMO: La Comisión de Calificación y Selección de Becas hará llegar a la Directora del Establecimiento Educacional los listados referidos en el artículo anterior, quien deberá comunicar por escrito a los Padres y Apoderados del resultado de sus postulaciones a más tardar el 15 de diciembre, teniendo éstos un plazo de cinco días hábiles para apelar de la resolución de la Comisión.  Considerando para dicha notificación el número de becas que corresponde de acuerdo al  procedimiento establecido en la Ley de Becas que voluntariamente entrega el sostenedor del Establecimiento, sean éstas totales o parciales, conforme a prelación de la selección;

1. Se entrega un total del 15% de la matrícula efectiva del establecimiento del cual son 2/3 por razones socioeconómicas y 1/3 de libre disposición Ej: por asistencia, rendimiento, deportivas, artísticas u otras.

* Por razones socioeconómicas.                                                                                             =  67%
* Libre disposición; destacados en el área deportiva,  artística cultural
* Excelencia académica y % asistencia                                                                 =  33%



ARTICULO DECIMO PRIMERO:   La apelación deberá hacerse por escrito, dirigida a la Directora del Establecimiento Educacional, la que será resuelta en única instancia y sin derecho a reclamación o recurso alguno,  por el Sostenedor de dicho Establecimiento o por la Directora del Establecimiento, cuando este no integre la Comisión de Calificaciones de Becas.



ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Los beneficiarios de Becas, que hubieren entregado datos o antecedentes falsos,  para acceder a dicho beneficio en forma total o parcial, quedará imposibilitado  de volver a postular en los años sucesivos;  sin perjuicio de perseguir por el Establecimiento las responsabilidades legales correspondientes.  Perderá el beneficio los alumnos que teniendo becas parciales presenten morosidad en sus cancelaciones o cuyos apoderados no cumplan con  su  deber de apoyar la labor educativa y formativa del establecimiento.



ARTICULO DECIMO TERCERO: Se otorgará 5.000 puntos extras a los alumnos postulantes cuyo porcentaje de asistencia esté sobre el 95% y a aquellos cuyos apoderados, hayan asistido al 100%  de las citaciones de apoderados, entendiéndose estas como reuniones, citaciones del profesor jefe y/o asignaturas, sub-centro de padres, etc.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Los alumnos que tengan un 100% de asistencia a clases  participarán en el sorteo de 10 medias becas. Dichos alumnos no pueden tener problemas de conducta.



ARTICULO DECIMO QUINTO: Copia del presente Reglamento Interno de Becas, se entregará en el Departamento Provincial de Educación correspondiente, teniéndose dicho ejemplar como auténtico para todos los efectos legales.  Las modificaciones que se le introduzcan al presente Reglamento, sólo tendrán efecto, una vez que hayan sido entregados a dicho Departamento.



ARTICULO DECIMO SEXTO: Los alumnos becados que hubieren sobrepasado el 12% de inasistencias no podrán renovar la beca.



NOTA: El apoderado deberá presentar el presente formulario con toda la Encuesta resuelta, es decir deberá entrevistarse con el profesor jefe el día de atención apoderados para obtener los datos de los ítems Nº 9 y 10 del formulario. No se recibirán formularios incompletos.

Cualquier situación emergente que no esté considerada en este Reglamento será resuelta por la Comisión encargada.