![]() |
Reglamento Interno Corona School 2010
Nace un colegio con identidad propia y una propuesta de educación nueva, de acuerdo al espíritu de la reforma educacional.Entregaremos a sus hijos lo mejor de nuestros esfuerzos para formar una persona íntegra, equilibrada y con gran autoestima. Para lograr esto necesitamos imperiosamente su colaboración incondicional. Este reglamento es el reflejo de las normas y directrices adecuadas para un trabajo mancomunado y de acuerdo a nuestras metas y será promocionado en reuniones de apoderados y consejo |
OBJETIVOS:
Garantizar un eficaz y ordenado funcionamiento de la labor educativa.
Promover una relación armónica mutua entre los integrante de nuestra comunidad educativa.
Entregar valores y normas que permitan la formación integral del educando, fortaleciendo con ello la labor del hogar.
Título I: DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1
El presente Reglamento establece las normas que regulan el ingreso y desarrollo académico de los alumnos del colegio Corona School . Las normas determinadas por la dirección del colegio, mencionadas en el presente reglamento, estarán definidas en las Disposiciones Reglamentarias que se informan cada año.
Título II: POSTULACIÓN Y ADMISIÓN
Artículo 2
Podrán postular como alumnos, quienes tengan promedio 5.8 y un buen informe de personalidad .
Artículo 3
Se podrá establecer pruebas especiales, entrevistas personales y cualquier otro mecanismo de admisión que se estime idoneo acorde con los propósitos institucionales del establecimiento.
Artículo 4
La matricula es el acto por el cual el alumno se incorpora al colegio y éste lo acepta como alumno regluar. El colegio se obliga a prestar servicios educacionales conducentes estructurado en un sistema curricular. Por su parte, el alumno se obliga a cumplir su deber de estudiar, respetar la normativa, principios, filosofía y PEI del colegio. Esto tiene relación a cumplir en forma oportuna con las obligaciones estipuladas en este presente reglamento.
Artículo 5
Tendrán derecho a matricularse los alumnos que habiendo postulado, hayan sido admitidos para su ingreso de acuerdo a lo establecido en el título II del presente reglamento.
Artículo 6
Para el alumno y su padre y/o apoderado, la matrícula significa la aceptación de las disposiciones reglamentarias vigentes y de las normas del Reglamento Interno. En consecuencia el apoderado recibirá un ejemplar del presente documento en el momento de la matrícula y será su responsabilidad compartirlo con el alumno.
Artículo 7
Al momento de efectuar la matrícula, el apoderado deberá cancelar la primera cuota de la colegiatura y además la cuota voluntaria del centro de padres y apoderados, ya que existe un acuerdo con esta entidad de la obligatoriedad del pago de esta cuota.
Artículo 8
Para efectuar la matrícula, el apoderado deberá entregar los siguientes documentos:
+ Certificado de nacimiento original.
+ Certificado de estudios del curso anterior aprobado por el alumno.
+ Libreta de notas o informe escolar
+ Informe de personalidad
+ 2 Fotos tamaño carné
+ Certificado médico o de especialista si el caso lo requiera.( integrados o con dificultades de app)
+ 2 fundas plásticas
+ Certificado de vacunas (alumnos de kinder y 1º básico)
Artículo 9
El alumno sólo podrá matricularse para el período académico respectivo , siempre que no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
* Tener deuda pendiente por concepto de matrículas, mensualidades, centro general de padres, libros u otros.
* Haber perdido su calidad de alumno regular .
Título III: DE LOS ESTUDIOS Y RÉGIMEN CURRICULAR.
Artículo 10
El colegio ofrece una modalidad HC el cual a su vez incluye programas de formación personal y vocacional.
Artículo 11
Las actividades curriculares se desarrollan a través de asignaturas y actividades académicas programadas, las que se realizarán mediante clases, laboratorios, talleres, visitas en terreno u otras actividades docentes.
Artículo 12
Las actividades podrán impartirse en régimen semestral, definido por el establecimiento.
Artículo 13
El período académico anual se dividirá en 2 semestres de un mínimo de 20 semanas cada uno, incluido el proceso de evaluación.
Artículo 14
La carga horaria es el conjunto de asignaturas obligatorias y electivas , además de las actividades programadas que conducen al desarrollo de un buen proceso de enseñanza aprendizaje y varía dependiendo el nivel en el cual se encuentra el alumno
Título IV: ASISTENCIA.
Artículo 15
La asistencia a clases es obligatoria; según lo decretado en el Reglamento de Evaluación y promoción escolar del establecimiento. (85% para ser promovido) Esta misma obligación rige para las actividades de libre elección. (Básquetbol, Fútbol, Handball, Folclore, Teatro, Interpretación Musical, Banda, Taekwondo, Computación, etc.
Artículo 16
La asistencia es obligatoria a todos los actos y actividades y programas dentro y/o fuera del Establecimiento.
Artículo 17
Toda inasistencia deberá ser justificada personalmente por el apoderado al reintegrarse a clases. No se aceptarán comunicaciones ni llamados telefónicos.
Artículo 18
Todo alumno que exceda el 15% de inasistencia durante el año escolar repetirá de curso, cualquiera sean sus notas o motivos; sólo en casos muy especiales (licencias prolongadas) la Directora junto al Consejo de Profesores podrá autorizar la promoción. (Este artículo no es aplicable a viajes o ausencias esporádicas). En caso de licencia médica, ésta deberá ser presentada a más tardar 3 días hábiles después de reintegrarse a clases el alumno. (no se aceptarán licencias fuera de plazo)
Artículo 19
En caso de enfermedad, la inasistencia a pruebas fijadas con anterioridad deberá ser justificada personalmente por el apoderado (previa presentación del certificado médico) y deberá rendir la evaluación en jornada contraria o en extensión horaria. En caso de que el alumno o alumna falte a dicha evaluación; ésta será aplicada en la primera oportunidad en que se presente a clases.
Título V: REPRESENTACIONES PÚBLICAS DE LOS ALUMNOS
Artículo 20
En caso de inasistencia a evaluaciones por suspensión de clases, por motivos administrativos o conductuales, las reprogramaciones de pruebas se realizarán al término de cada calendario evaluativo mensual.
Artículo 21
En caso de inasistencia por participar representando al Colegio o solicitado por otros establecimientos en representación de la comuna, a nivel local, regional o nacional en actividades curriculares y/o extraescolares, la evaluación se reprogramará con escala de 2.0 a 7.0 y, además, se estimulará en la asignatura según sea su participación.
Título VI: PUNTUALIDAD.
Artículo 22
La llegada de los alumnos deberá ser antes del inicio de la jornada escolar diaria. (08:00 Hrs AM).
Artículo 23
Los alumnos atrasados sólo podrán ingresar con la debida autorización de inspectoría. Dicha autorización se dará sólo en la libreta de comunicaciones . La libreta de comunicaciones es de uso diario y obligatorio y será el único documento permitido por Inspectoría para otorgar pases de atraso o enviar comunicaciones de curso u otro estamento
Artículo 24
Los alumnos de NB1 y NB2 (1º a 4º básico) usarán un cuaderno de 40 hojas (cuadro chico) en reemplazo de la libreta de comunicaciones.
Artículo 25
Si el atraso excede los 15 minutos los alumnos deberán esperar hasta el cambio de hora para ingresar a clases y en caso de reincidencia puede ser devuelto a su domicilio (7º básico a 4º medio) situación que será comunicada por teléfono al apoderado.
Artículo 26
Los atrasos reiterados (3) deberán ser justificados personalmente por el Apoderado. Después del 5º atraso el alumno será devuelto a su hogar. En caso de que el alumno persista en dicha falta será suspendido de clases.
Artículo 27
Los recreos serán distribuidos de la siguiente manera: el 1º de 9,30 a 9,45 horas, el 2º de 11,15 a 11,25 horas y el 3º de 12,55 a 13,00 horas. Es deber del alumno volver puntualmente a clases después del recreo.
Artículo 28
Los alumnos del 2º NTM (Kinder) y primero básico no podrán ingresar con su apoderado una vez iniciada la jornada de clases.
Artículo 29
Al término de la jornada, los apoderados deberán retirar puntualmente a los alumnos. El Colegio no se responsabilizará de los alumnos que no sean retirados en el horario que corresponda (con una tolerancia de 10 minutos).
Título VII: DERECHO DE LOS ALUMNOS
Artículo 30
El alumno al ser matriculado adquiere los siguientes derechos:
a) Conocer el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno.
* Participar del Proceso Educativo en concordancia con los Planes y Programas aprobados por el MINEDUC y adaptados a la realidad educativa propia del “Corona School”.
* Participar y recibir la formación integral coherente con el perfil del alumno definido en el Proyecto Educativo Institucional.
* Participar en todas y cada una de las actividades académicas insertas en el currículum planificado y ofrecido por el Colegio.
* Utilizar las dependencias del Colegio que estén a disposición del régimen curricular como es el caso señalar: Aulas, Patios, Comedores, Biblioteca, Laboratorio de Ciencias, Computadores, Gimnasios y otros, conforme a lo dispuesto por la Dirección del Establecimiento.
* En su calidad de alumno: ser escuchado y atendido por la Dirección, sub.-dirección, orientación y UTP del establecimiento si la situación así lo amerita.
* Recibir orientación escolar, vocacional y personal cuando el alumno lo requiera.
* Recibir un trato digno y sin discriminación de raza o credo.
Título VIII: DEBERES DE LOS ALUMNOS
Artículo 31
Ser Honrado, veraz y .mostrar buen comportamiento dentro y fuera de la Escuela. Mantener en todo momento un lenguaje y vocabulario correcto acorde con la calidad de alumno que el colegio está formando, evitando los garabatos y modismos.
Artículo 32
Evitar molestar y/o contaminar el entorno rayando, botando basura o hablando groserías en las inmediaciones del colegio.
Artículo 33
Mantener una presentación personal impecable dentro y fuera del establecimiento, usando correctamente el uniforme o buzo.
Artículo 34
Mantener una actitud de respeto durante el desarrollo de las clases
Artículo 35
Mantener una actitud de respeto en actos internos, especialmente mientras participa en la entonación del Himno Nacional, evitando hacer gestos, reírse, conversar, etc.
Artículo 36
Presentar el material exigido en cada asignatura. En caso de inasistencias o atrasos deben ponerse al día oportunamente en la materia y deberes escolares.
Artículo 37
Respetar a Directivos, Profesores, Administrativos, Compañeros, Padres y Apoderados.
Artículo 38
Cuidar el mobiliario escolar y dependencias del establecimiento usándolo correctamente y sin rayarlo. Cada alumno es responsable de mantener limpio su mobiliario, cualquier raya o mancha será de su exclusiva responsabilidad.
Artículo 39
Evitar juegos bruscos, (patadas, empujones, puñetes, etc.) o simularlos con la intensión de subirlos a internet.
Artículo 40
Usar adecuadamente los servicios higiénicos evitando mojar el piso, dejar llaves abiertas, orinar fuera de los artefactos, etc.
Artículo 41
Los alumnos que ingresen con promedios deficientes quedarán condicionales debiendo abandonar el establecimiento en caso de no mejorar sus promedios deficientes o en caso de presentar problemas de disciplina reiterados.
Artículo 42
Acudir al comedor durante la hora de colación y traer colación contundente.
Artículo 43
Los alumnos que tengan condicionalidad de matrícula por disciplina, estarán impedidos de participar como candidatos en el centro de alumnos.
Artículo 44
Considerando que el embarazo es el inicio de una nueva vida; que las madres embarazadas tienen derecho por ley a un descanso pre y post natal y que una adolescente aún no está física y emocionalmente en condiciones de afrontar el desgaste que supone un embarazo. Si alguna alumna presenta esta condición y como una forma de salvaguardar la seguridad de la madre y el bebé tendrá las facilidades de horario que corresponde a su estado.
Artículo 45
El Colegio tomará todas las medidas necesarias para ir en ayuda del alumno(a) que se encuentre en riesgo social, como también pondrá a disposición de todos sus profesionales con el fin de que este alumno(a) se desarrolle en un ambiente normal, siempre pensando en la formación donde imperen los valores tales como: El Respeto, la Solidaridad, la Responsabilidad y el Interés de surgir.
Título IX: DEBERES DE LOS APODERADOS
Artículo 46
Los Padres y Apoderados del “Corona School” deberán:
Apoyar a sus hijos en el presente Reglamento.
Artículo 47
Respetar el conducto regular para solucionar cualquier situación emergente dejando como última alternativa la directora.
Artículo 48
Presentar al momento de la matrícula todos los documentos exigidos. Si el apoderado no presenta las fotos deberá cancelar $ 500 para pagar un fotógrafo.
Artículo 49
Proveer a sus hijos de los útiles escolares a más tardar el 15 de abril, incluyendo las resmas de hojas, en caso de incumplimiento el apoderado deberá pagar el valor de la resma al momento de cancelar la colegiatura.
Artículo 50
Proveer a sus hijos del uniforme completo incluyendo el vestón desde el primer y hasta el último día de clases.
Artículo 51
Buscar ayuda profesional para su pupilo en caso de ser requerido.
Artículo 52
Asistir a reuniones del Centro de Padres, sub-centro y cuando el colegio requiera su presencia en forma obligatoria; en caso de ausencia reiterada a reunión (2º), el alumno será suspendido de clases por un día.
Artículo 53
Los apoderados que voluntariamente o por elección del curso asuman la Tesorería del mismo; deberán abrir una cuenta “bipersonal” con el profesor jefe o presidente de curso y rendir cuenta por lo menos 2 veces por semestre a la asamblea presentando la libreta con el total del dinero existente. Esta misma obligación rige para el tesorero del CEAL.
Artículo 54
Cooperar en las actividades y labores que le solicita el colegio.
Artículo 55
Indemnizar al Establecimiento por todo daño que su pupilo cometa tales como: Quebradura de vidrios, deterioro de muebles, rayado en muros, daños en la infraestructura, deterioro o pérdida de material didáctico y/o deportivo, etc. Dicha indemnización debe hacerse efectiva en un plazo máximo de 3 días.
Artículo 56
En caso de inasistencia del apoderado a una citación cursada por la dirección o subdirección se enviará, por escrito, la sanción disciplinaria que corresponda. El apoderado deberá firmar dicho documento.
Artículo 57
Retirar del establecimiento a su hijo(a) si se encuentra enfermo(a) o tenga control médico, siempre y cuando esta información se halla recibido de Inspectoría o personal autorizado.
Artículo 58
El Apoderado (a) No deberá ingresar a la sala mientras el profesor imparte clases, salvo autorización de la directora.
Artículo 59
El apoderado no podrá retirar al alumno de clases, a no ser que haya una situación absolutamente justificada. (viaje, hora al médico o dentista)
Artículo 60
Comunicar oportunamente el cambio de domicilio y/o teléfono que se produzca durante el año escolar, en caso de no hacerlo el establecimiento no se hace responsable de comunicar al apoderado ante la eventualidad de un accidente.
Artículo 61
Refrendar con su firma todas las comunicaciones que el alumno llevó a casa y acusar recibo (se aceptará sólo la firma del apoderado registrados previamente).
Artículo 62
Solicitar entrevistas con los Profesores Jefes y/o asignaturas, para conocer el accionar escolar de su pupilo (a).
Artículo 63
Respetar la hora de atención de Padres y Apoderados indicada por los Profesores Jefes y de Asignatura. No es excusa para las inasistencia las razones de trabajo.
Artículo 64
Los padres que por razones de trabajo, viaje u otro no asistan a reunión de apoderados o citaciones de profesores, dirección o subdirección en forma reiterada, se entenderá como falta grave o abandono de su rol de apoderado; salvo que en su representación asista un familiar directo del alumno, previo poder simple.
Artículo 65
Evitar mandar a su pupilo(a) enfermo(a) a clases (con fiebre, diarrea, vómitos, etc. o golpeados). De hacerlo deben poner en conocimiento a los Profesores del curso, o dejar constancia en Inspectoría.
Artículo 66
Informar al establecimiento cualquier situación emergente entre los alumnos. Ningún apoderado puede reprender a otro alumno en la calle ni en el establecimiento por situaciones ocurridas dentro de él.
Artículo 67
Entender las situaciones emergentes, golpes, caídas, accidentes. Ante estas circunstancias el colegio se responsabiliza trasladando al alumno al hospital, posterior al diagnóstico médico se comunicará inmediatamente a los señores Padres y Apoderados, para sus respectivas gestiones, en caso contrario, podrá llevarlo el apoderado solicitando el formulario de seguro escolar en la Inspectoría.
Artículo 68
Fomentar en sus hijos el sentido de generosidad (colaborando en la medida de sus posibilidades) en las campañas solidarias internas o hacia la comunidad
Artículo 69
Considerando que nuestro Establecimiento es eminentemente valórico, será de responsabilidad de los padres cautelar su buena conducta fuera del establecimiento, especialmente lo que se refiere a la ingesta de alcohol, consumo de tabaco y/o drogas, realizando exámenes de control si el colegio lo solicita ante la posibilidad de consumo.
Artículo 70
Favorecer la formación cultural de su hijo(a), destinando por lo menos 1 vez al mes los recursos necesarios para asistir a eventos culturales (teatro, conciertos, encuentros musicales, etc.)
Artículo 71
Motivar en sus hijos(as) la honradez devolviendo a la profesora del curso, cualquier elemento ajeno a su pertenencia.
Título X: NORMAS DE LA INSTITUCIÓN Y ORGANISMOS DE LA COMUNIDAD
Artículo 72
El colegio está obligado a respetar y cumplir las normas contractuales y laborales, en especial:
* Respetar al personal del Establecimiento en su dignidad como persona y en la calidad de docente.
1. Pagar remuneraciones en conformidad a las estipulaciones contractuales legales.
2. Dar a cada miembro del personal la ocupación efectiva de las labores convenidas.
3. Instruir adecuadamente y con los medios necesarios, acerca de los beneficios otorgados por los organismos de seguridad social y previsional.
4. Promover el perfeccionamiento del personal en conformidad a la legislación sobre capacitación profesional.
5. Oír los reclamos que formula el personal, ya sea directamente o a través de sus representantes.
6. Informar y hacer cumplir las normas Pedagógicas emanadas del MINEDUC.
7. Otorgar las facilidades necesarias para que pueda realizarse eficazmente la labor de supervisión e inspección que realiza el Mineduc a los establecimientos.
8. Proporcionar, de acuerdo a sus posibilidades, materiales de enseñanza necesarios para el desarrollo del quehacer educativo.
Artículo 73
Obligaciones Generales del Personal del Colegio
El personal del Colegio Corona School está obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:
* Realizar el trabajo convenido, a fin de que el Establecimiento pueda cumplir adecuadamente los fines de la educación.
1. Realizar personalmente la labor convenida, de acuerdo con las normas e instrucciones del MINEDUC y el establecimiento, según corresponda.
2. Desempeñar su labor con diligencia y colaborar al mejor funcionamiento del proceso educacional del establecimiento.
3. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se desempeña, en este caso, el Colegio Corona School.
4. Dar aviso oportuno a la Dirección de su ausencia por causa justificada.
5. Respetar los controles de entrada y salida.
6. Mantener la sobriedad y corrección en su presentación personal.
7. Mantener, en todo momento, trato cordial y amable con los alumnos, padres y apoderados, y en general, con todos los integrantes de la comunidad educativa.
8. Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferentes con jefes, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos.
9. Velar por los intereses del colegio, evitando pérdidas, deterioros o gastos innecesarios.
10. Comunicar con 48 horas de sucedido, cualquier cambio en antecedentes personales para ser anotado en el contrato de trabajo, especialmente cambio de domicilio y teléfono particular.
11. Firmar el libro de asistencia según horario establecido en el contrato de trabajo.
Artículo 74
Prohibiciones Generales para el Personal del Colegio
Queda prohibido al personal del Colegio Corona School.
* Faltar al trabajo sin causa justificada.
1. Hacer abandono de trabajo en horas de labor, sin la debida autorización escrita de la dirección del colegio.
2. Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.
3. Incurrir en atrasos reiterados en la hora de llegada.
4. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.
5. Causar daño voluntario o intencional a las instalaciones del establecimiento.
6. Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes y/o darlas a consumir.
7. Fumar tabaco en cigarrillo, pipa o similar frente a los alumnos y/o apoderados.
8. Efectuar comercio dentro del establecimiento, sin la autorización escrita de la Dirección.
9. Alterar u omitir su firma en el libro de asistencia
10. Castigar física, psicológica a los alumnos.
11. Alegar desconocimiento de lo estipulado en este reglamento.
12. Alterar el registro de asistencia de los alumnos.
13. Alterar o modificar el registro de calificaciones de los alumnos.
Título XI : PRESENTACION PERSONAL DE LOS ALUMNOS
Artículo 75
Considerando que el apoderado elige libremente la educación particular subvencionada en pleno conocimiento de su exigencia y de los recursos que se requieren para ello y que este uniforme fue aprobado en asamblea general. Será de responsabilidad del hogar disponer oportunamente de las prendas descritas en el presente reglamento y renovarlas en caso de deterioro o pérdida.
Artículo 76
EDUCACIÓN PRE BÁSICA, BÁSICA Y MEDIA:
DAMAS:
Falda escocés a la cintura según diseño estipulado.
Camisera blanca.
Blazer verde petróleo.
Corbata verde e insignia “según diseño”.
Medias verdes.
Zapatos negros. (Limpios)
Chaleco plomo con vivos verde, según diseño.
Delantal blanco. (Abotonado) ¡Sólo para Ed. Básica!
Pechera con mangas según diseño del colegio para Ed. Pre básica.
Artículo 77
PRENDAS OPTATIVAS:
Polera de pique blanca con vivos verde, plomo y amarillo en el cuello y mangas.
Pantalón de vestir plomo diseñado por el colegio sólo para la temporada de invierno (período comprendido entre junio y septiembre). No se acepta el uso de esta prenda fuera de temporada o en reemplazo de la falda.
Artículo 78
VARONES:
Pantalón gris perla.
Vestón verde petróleo.
Camisa blanca.
Corbata verde e insignia según diseño.
Zapatos negros (lustrados) No se permite el uso de zapatillas negras en vez de zapatos.
Calcetines plomos.
Chaleco plomo con vivos verdes.
Delantal blanco: (abotonado) ¡Sólo para ED. Básica!
Pechera con mangas según diseño del colegio para Ed. Pre básica.
Artículo 79
PRENDA OPTATIVA:
Polera de pique blanca con vivos verde, plomo y amarillo en el cuello y mangas.
Artículo 80
En caso de pérdida o deterioro de cualquier prenda del uniforme el apoderado deberá reemplazarla en el plazo máximo de 3 días.
Artículo 81
Se prohíbe estrictamente el uso de joyas, accesorios u otros elementos ajenos al uniforme del colegio; especialmente aquellos que, son producto de la exageración o modas esporádicas (Ejemplo aros en la nariz, ceja, boca, expansiones, etc.) Dichos elementos serán retirados y entregados al apoderado al término del año escolar. El colegio no se hace responsable en caso de deterioro o pérdida de dichos elementos.
Artículo 82
Los alumnos no podrán combinar prendas de uniforme y buzo. Ejemplo: pantalón de buzo con chaleco plomo o chaqueta de buzo con uniforme.
Artículo 83
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Y TALLERES:
DAMAS Y VARONES: ED. Básica y Media.
Buzo del colegio: gris perla con verde petróleo como salida de cancha.
2 polera del colegio, una para la clase práctica y la otra para cambiarse. Cualquier polera de otro color será retirada por inspectoría.
Short o patas gris, según diseño del colegio. (Sólo para clases prácticas)
Calcetas y zapatillas blancas o negras.
Útiles de aseo como toalla, jabón y shampoo.
Artículo 84
Los alumnos y alumnas deben transitar desde o hacia el colegio con buzo. (Por ningún motivo con short o patas).
Artículo 85
Se prohíbe estrictamente el uso de cualquier elemento ajeno a la tenida deportiva descrita (gorros, poleras de color, polerones de otro color o diseño, etc.). Dichos elementos serán retirados por inspectoría y entregados al apoderado previo compromiso de no traerlos nuevamente, en caso de repetirse el hecho las prendas serán devueltas al término del año escolar.
Título XII : MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Artículo 86
Al primer incumplimiento de cualquier artículo del presente Reglamento Interno se dará inicio secuencial de las siguientes sanciones:
* Amonestación Verbal.
* Amonestación escrita.
* Citación y entrevista con el Apoderado (a la 3º amonestación)
* Diálogo y compromiso escrito con el apoderado y el alumno.
* Si el caso lo amerita participación de la orientadora. (mediación)
* Suspensión de clases (1, 2 ó 3 días según sea la gravedad de la falta y/o reincidencia).
Condicionalidad De Matrícula frente a las siguientes situaciones:
* Por acumulación de observaciones negativas o por suspensiones reiteradas (4)
* Por incumplimiento o abandono del apoderado en relación a las reuniones y/o citaciones del establecimiento.
* Para alumnos repitentes: Ellos quedarán condicionales al primer semestre del año siguiente a la repitencia. Si a esa fecha no han mejorado su rendimiento, deberán buscar otro colegio.
* Por irreverencia o falta de respeto por parte del apoderado hacia funcionarios del establecimiento. (Gritos. golpear la mesa, garabatos, portazos al salir, etc)
Artículo 87
EXPULSIÓN DEL COLEGIO SÓLO POR FALTAS GRAVÍSIMAS.
1. Los apoderados que lo deseen pueden apelarrespecto de la expulsión de su pupilo(a), mediante carta dirigida al consejo de profesores, quién deliberará y responderá por escrito, pudiendo aceptar la apelación y dejando al alumno con condicionalidad estricta.
2. Expulsión inmediata del colegio e impedimento para asistir a clases si el alumno (a) presenta una amenaza para sus compañeros o profesores, ya sea por amenazas, acoso, agresiones o consumo de drogas en el establecimiento o sus inmediaciones.
Artículo 88
GRADUALIDAD DE LAS FALTAS:
FALTAS LEVES: Ameritan registro en su hoja de vida.
+ Contestar de mala manera.
+ Negarse a abandonar la sala si un docente lo solicita
+ Burlarse de alumnos o profesores.
+ Referirse a sus compañeros con apodos o descalificaciones.
+ Copiar durante el desarrollo de las pruebas.
+ Salir constantemente de la clase, ya sea para ir al baño, sacar fotocopias, etc
+ Salir sin autorización del establecimiento a comprar, buscar prendas o trabajos olvidados o a
hacer trámites personales. Sólo podrán salir a almorzar los alumnos que registren
domicilio a menos de 5 cuadras del establecimiento, previa autorización firmada por
el apoderado.
+ Interrumpir o perturbar las clases.
+ Molestar o abusar de sus compañeros, etc.
+ Rayar escribir o dibujar en cuadernos, murallas, bancos, servicios higiénicos, etc.
+ Pololear en las dependencias o inmediaciones del colegio.
+ Hacer dibujos obscenos en hojas, cuadernos, mobiliario, etc.
+ Llegar atrasado(s) al término del recreo o en los cambios de horas, los alumnos que incurran
en esta falta deberán cumplir estudio dirigido en biblioteca.
+ Comer en hora de clases, especialmente mascar chicle.
+ Permanecer en la sala de clases durante la colación.
+ Artículo 89
FALTAS GRAVES: Se procederá a suspender al Alumno de clases por falta grave, determinación que será tomada por la Directora, Sub directora o personal asignado por alguna de ellas. Son faltas graves las siguientes:
|
Faltas graves |
Alumnos Sin Sanción Anterior |
Alumnos Con Sanción Anterior |
|
|
|
|
|
Registrar en hoja de vida |
Registrar en hoja de vida |
|
|
Citar al apoderado |
Citar al apoderado |
|
|
Suspensión de clases 2 o 3 días |
Suspensión de clases 2 o 3 días |
|
|
Extrema Condicionalidad |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|
|
|
Exceso de anotaciones negativas
|
Citar al apoderado |
Citar al apoderado |
|
(4,5,6,7, etc). |
Entrevista con sub directora u orientadora. |
Entrevista con sub directora u orientadora. |
|
|
Suspensión de clases 1 día |
Extrema condicionalidad |
|
|
Compromiso del alumno y del |
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
apoderado |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Conseguir las preguntas y/o |
Registrar en hoja de vida |
Registrar en hoja de vida |
|
respuestas de alguna prueba |
Citar al apoderado |
Citar al apoderado |
|
|
Suspensión de clases 2 o 3 días |
Suspensión de clases 2 o 3 días |
|
|
Extrema Condicionalidad |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|
|
|
Fugarse de clases.
|
Registrar en hoja de vida |
Registrar en hoja de vida |
|
|
Citar al apoderado |
Citar al apoderado |
|
|
Suspensión de clases 1 a 2 días |
Suspensión de clases 2 a 3 días |
|
|
|
Condicionalidad de matrícula |
|
|
|
|
|
Agresión Verbal y/o |
Registrar en hoja de vida |
Registrar en su hoja de vida |
|
amenaza a otro alumno |
Entrevista con orientadora |
Citar al apoderado |
|
|
Compromiso de no agresión |
Suspensión de clases 2 ó 3 días |
|
|
Suspensión 1 día |
|
|
|
|
|
|
Agresión Verbal y/o |
Registrar en hoja de vida |
Denunciar a la Fiscalía |
|
amenaza a Profesor o |
Citar al apoderado |
correspondiente |
|
|
Derivar a un especialista (Psicólogo, |
Registro en el libro de clases |
|
|
Neurólogo, Psiquiatra, etc.) |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
Suspensión de clases de 2 a 3 días |
|
|
|
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|
|
|
Fumar en el establecimiento, en sus |
Registrar en hoja de vida |
Registrar en hoja de vida |
|
Inmediaciones con o sin |
Citar al apoderado |
Citar al apoderado |
|
uniforme y/o en cualquier |
Suspensión de clases 1 a 2 días |
Suspensión de clases 2 a 3 días |
|
actividad que involucre |
|
Condicionalidad de matrícula |
|
represente al establecimiento. |
|
|
|
|
|
Artículo 90
FALTAS GRAVÍSIMAS. La Dirección del establecimiento se reserva el derecho de solicitar al Apoderado el retiro Inmediato del alumno por los motivos que se indican: (estas sanciones son inapelables)
|
Faltas gravísimas |
Alumnos Sin Sanción Anterior |
Alumnos Con Sanción Anterior |
|||||
|
|
Registrar en hoja de vida |
|
|
|
|
||
|
|
Citar al apoderado |
|
|
|
|
||
|
|
Derivar a un especialista (Psicólogo, |
Registro en el libro de clases |
|
||||
|
Cualquier manifestación y/o |
Psiquiatra, etc.) |
Reubicación en otro Colegio |
|
||||
|
acto sexual explicito |
Suspensión de clases de 2 a 3 días |
|
|
|
|||
|
|
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|
||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
Cyber bullying |
|
|
|
|
|
||
|
(subir a Internet textos, |
Registrar en hoja de vida |
|
Denunciar a la Fiscalía |
|
|||
|
fotos, videos y otros medios, |
Citar al apoderado |
|
correspondiente |
|
|||
|
que sean ofensivos contra el |
Derivar a un especialista (Psicólogo, |
Registro en el libro de clases |
|
||||
|
establecimiento y/o |
Psiquiatra, etc.) |
Reubicación en otro Colegio |
|
||||
|
algún miembro de la |
Suspensión de clases de 1 a 3 días |
|
|
|
|||
|
comunidad escolar. |
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|
||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
|
Denunciar a la Fiscalía |
|
|
|
|
||
|
Robar o Hurtar |
correspondiente |
|
Registro en el libro de clases |
||||
|
|
Registrar en hoja de vida |
|
Citar al apoderado |
||||
|
|
Citar al apoderado |
|
Reubicación en otro colegio |
|
|
||
|
|
Derivar a un especialista (Psicólogo, |
Impedimento para ingresar al |
|
|
|||
|
|
Psiquiatra, etc.) |
Colegio. |
|
|
|||
|
|
Suspensión de clases de 2 a 3 días |
|
|
|
|||
|
|
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|
||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ingresar con Alcohol |
Registrar en hoja de vida |
|
Registro en el libro de clases |
|
|
||
|
|
Citar al apoderado |
|
Citar al apoderado |
||||
|
|
Suspensión de clases de 1 a 3 días |
Reubicación en otro colegio |
|||||
|
|
Extrema Condicionalidad |
Impedimento para ingresar al |
|
|
|||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
Colegio. |
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Beber o drogarse en |
Registrar en hoja de vida |
|
Registro en el libro de clases |
|
|
||
|
el establecimiento, en sus |
Citar al apoderado |
|
Citar al apoderado |
||||
|
Inmediaciones con o sin |
Derivar a un especialista (Psicólogo, |
Reubicación en otro colegio |
|||||
|
uniforme y/o en cualquier |
Neurólogo, Psiquiatra, etc.) |
|
|
|
|||
|
actividad que involucre |
Suspensión de clases de 1 a 3 días |
|
|
|
|||
|
represente al |
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|
||
|
establecimiento. |
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Portar Droga en mínima |
El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente |
|
|
|
|
||
|
cantidad o |
|
|
Denunciar a la Fiscalía |
|
|||
|
Ingresar Drogado |
Registrar en hoja de vida |
|
correspondiente |
|
|||
|
(con evidentes signos) |
Citar al apoderado |
|
Registro en el libro de clases |
|
|||
|
|
Suspensión de clases de 2 a 3 días |
Citar al apoderado |
|
||||
|
|
Extrema Condicionalidad |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
|||
|
|
Control mediante exámenes cada cierto tiempo. (costo del apoderado) |
|
Impedimento para |
|
|
||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
Ingresar al colegio |
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Agresión Física y/o |
Registrar en hoja de vida |
|
Citar apoderado |
|
|
||
|
que provoque daño o lesión |
Citar al apoderado |
|
Registro en el libro de clases |
|
|
||
|
dentro y/o fuera del |
Suspensión de clases 1 día |
|
Reubicación en otro Colegio |
|
|||
|
Establecimiento. |
|
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Agresión Física y/o |
Registrar en hoja de vida |
|
|
|
|
||
|
intimidación a Profesor o |
Citar al apoderado |
|
|
|
|
||
|
Funcionario |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
||||
|
|
Aplicación inmediata de la medida, según el artículo 91 |
|
|
||||
|
Agresión, acoso o |
Denunciar a la Fiscalía |
|
|
|
|
||
|
abuso sexual |
correspondiente |
|
|
|
|
||
|
|
Registro en el libro de clases |
|
|
|
|||
|
|
Reubicación en otro Colegio |
|
|
|
|||
|
|
Impedimento de ingresar al |
|
|
||||
|
|
colegio |
|
|
||||
|
|
|
|
|
|
|||
|
Portar arma blanca, |
El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente |
|
El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente |
|
|
||
|
manopla, revólver, o |
|
|
Registro en el libro de clases |
|
|
||
|
cualquier objeto que |
Registrar en hoja de vida |
|
Citar apoderado |
|
|||
|
produzca daño físico. |
Citar al apoderado |
|
Reubicación en otro Colegio |
|
|||
|
|
Derivar a un especialista :Psicólogo, |
|
|
||||
|
|
Psiquiatra, etc. ( Costo del apoderado) |
|
|
||||
|
|
Suspensión de clases de 2 a 3 días |
|
|
|
|||
|
|
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|
||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|||
|
Alterar y falsificar notas en |
Registrar en hoja de vida |
Registro en el libro de clases |
|
|
|||
|
documentos oficiales del colegio. |
Citar al apoderado |
Citar apoderado |
|
|
|||
|
|
Suspensión de clases de 1 a 3 días |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
|||
|
|
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|||
|
|
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|||
|
Incumplimiento reiterado |
Registrar en hoja de vida |
Registro en el libro de clases |
|
|
|||
|
del apoderado a su rol de |
Citar al apoderado |
Citar apoderado |
|
|
|||
|
representante del alumno |
Cambio de apoderado |
Reubicación en otro Colegio |
|
|
|||
|
ante la dirección y |
Extrema Condicionalidad |
|
|
|
|||
|
actitudes contrarias a |
Ratificación Consejo de Profesores |
|
|
|
|||
|
la sana convivencia.
|
|
|
|||||
Artículo 91
Se considera la Cancelación de Matrícula (inmediata) por los siguientes motivos:
· Cuando un alumno está en condicionalidad estricta y vuelve a cometer una falta grave de disciplina.
· Falta delictual dentro o fuera del colegio.
· Ser portador, consumidor o proveedor de drogas, arma blanca, o cualquier otro elemento que atente contra la integridad física y mental de las personas.
· Agresión a un profesor o funcionario del colegio.
· Estas medidas serán aplicadas en forma inmediata.
· Agresión, coso o abuso sexual
Artículo 92
Se aplicará condicionalidad a un alumno cuando las faltas hayan ocasionado 2 suspensiones previas. Esto implicará la cancelación de matrícula al final del año en que se cometieron las faltas. El colegio se reservará el derecho de cancelación inmediata, si el proceder de un alumno contraviniera algunas de las especificaciones anteriormente expuestas, según opinión del Consejo.
Artículo 93
Si el alumno está con condicionalidad estricta, se podrá Cancelar la matrícula en forma inmediata al incurrir en una nueva falta, pudiendo asistir en hora extraordinaria a rendir pruebas y será excluido de la ceremonia de Licenciatura al tratarse de un alumno de IV año de Enseñanza Media, no eximiéndolo de rendir evaluaciones restantes de acuerdo a calendario entregado por UTP, quien coordinará con los profesores de asignatura.
Título XI: NORMATIVA
Artículo 94
Los alumnos y alumnas que por iniciativa propia o de sus padres usen celulares, deben tenerlos apagados durante las horas de clases y mantenerlos a buen resguardo; puesto que el colegio no se responsabiliza por ellos en caso de pérdida o deterioro.
Artículo 95
Se prohíbe el uso de equipos de música como MP3 o MP4 en la sala de clases. Dichos elementos serán retirados y entregados al apoderado; el colegio no responderá ante deterioro o pérdida.
Artículo 96
La higiene personal será controlada periódicamente por el Profesor Jefe e inspectoría (corte de pelo, ropa limpia, ojos sin maquillaje, etc.)
Artículo 97
Los varones deben usar corte de pelo tradicional desde el primer y hasta el último día de clases, especialmente en eventos importantes como licenciatura, desfile, premiación, etc. quedando impedidos de participar en la ceremonia en caso de incumplimiento. No se aceptarán cortes de moda (hongo, chuletas, quiscos, mechones, colitas, teñidos, emo, mohicano, etc.)
Artículo 98
Los alumnos que no cumplan con el corte de pelo, una vez notificados tendrán 24 horas para cumplir con dicha exigencia. En caso contrario serán devueltos a su hogar. (previo aviso al apoderado). Las damas no deben usar maquillaje. En caso de reincidencia se retendrán las pinturas y se entregarán al apoderado.
Artículo 99
Por higiene los alumnos deben presentarse diariamente afeitados. El estudiante que no cumpla deberá comprar una máquina desechable y afeitarse para ingresar a clases.
Artículo 100
Las alumnas deben permanecer en todo momento con el pelo tomado con un cole o cintillo verde y sin tintura. Las estudiantes que sean notificadas deben teñirse nuevamente de su color antes de 48 horas, de lo contrario serán devueltas a su hogar.
Artículo 101
Los alumnos y alumnas deben presentarse en todo momento ordenados y limpios independientemente de las modas vigentes, como por ejemplo: usar camisa afuera, mangas recogidas, cuello y corbatas suelta o pantalones a la cadera.
Artículo 102
Toda pertenencia debe estar marcada con el nombre y curso del Alumno. El establecimiento no se responsabiliza de la pérdida de estas prendas.
Artículo 103
Los alumnos que presenten problemas de pediculosis, tendrán 24 horas (una vez detectado e informado al apoderado el problema) para efectuar tratamiento.
Artículo 104
El largo de la falda debe ser moderado (3 dedos sobre la rodilla). La apoderada debe estar atenta al crecimiento de la alumna para mantener el largo de la falda.
Artículo 105
Los alumnos de educación básica (1º a 8º) deben usar diariamente delantal blanco (marcado con su nombre y curso).
Título XII :DISPOSICIONES FINALES:
Artículo 106
Es facultad de la Dirección del Colegio adoptar las medidas necesarias para una mejor organización y funcionamiento del Establecimiento en lo que dice relación con los cursos, distribución de alumnos, cambio de profesores, de sala, etc. El apoderado deberá comprender y apoyar la gestión realizada.
Artículo 107
El Apoderado y Pupilo se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del presente Reglamento interno del momento en que este sea matriculado.
Artículo 108
Toda aquella situación que no esta contemplada en presente Reglamento Interno será resuelta por la Dirección del Colegio.
Se adjunta “Reglamento de evacuación”
Se adjunta Reglamento Interno para que previa lectura, el apoderado lo firme comprometiéndose a respetarlo íntegramente.
ES RESPONSABILIDAD DEL APODERADO LEER ÍNTEGRAMENTE ESTE REGLAMENTO E INSTRUIR A SU PUPILO (A) EN EL CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN DE LAS NORMAS CONTENIDAS EN ÉL.
