Reglamento Interno Corona School 2010
Nace un colegio con identidad propia y una propuesta de educación  nueva, de acuerdo al espíritu de la reforma educacional.

Entregaremos a sus hijos lo mejor de nuestros esfuerzos para formar una persona íntegra,  equilibrada y  con gran autoestima.

Para lograr esto necesitamos imperiosamente su colaboración incondicional.

Este reglamento es el reflejo de las normas y directrices adecuadas para un trabajo mancomunado y de acuerdo a nuestras metas y será promocionado en reuniones de apoderados y consejo

OBJETIVOS:

Garantizar un eficaz y ordenado funcionamiento de la labor educativa.

Promover una relación armónica mutua entre  los integrante de nuestra comunidad   educativa.

Entregar valores y normas que permitan la formación integral del educando, fortaleciendo con ello la labor del hogar.


Título I: DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1

El presente Reglamento establece las normas que regulan el ingreso y  desarrollo académico de los alumnos del colegio Corona School . Las normas determinadas por la dirección del colegio, mencionadas en el presente reglamento, estarán definidas en las Disposiciones Reglamentarias que se informan cada año.

Título II: POSTULACIÓN Y ADMISIÓN

Artículo 2

Podrán postular como alumnos, quienes tengan promedio 5.8 y un buen informe de personalidad .

Artículo 3

Se podrá establecer pruebas especiales, entrevistas personales y cualquier otro mecanismo de admisión que se estime idoneo acorde con los propósitos institucionales del establecimiento.

Artículo 4

La matricula es el acto por el cual el alumno se incorpora al colegio y éste lo acepta como alumno regluar. El colegio se obliga a prestar servicios educacionales conducentes estructurado en un sistema curricular. Por su parte, el alumno se obliga a cumplir su deber de estudiar, respetar la normativa, principios, filosofía y PEI del colegio. Esto tiene relación a  cumplir en forma oportuna con las obligaciones estipuladas en este presente reglamento.

Artículo 5

Tendrán derecho a matricularse los alumnos que habiendo postulado, hayan sido admitidos para su ingreso  de acuerdo a lo establecido en el título II  del presente reglamento.

Artículo 6

Para el alumno y su padre y/o apoderado, la matrícula significa la aceptación de las disposiciones reglamentarias vigentes  y de las normas del Reglamento Interno. En  consecuencia el apoderado recibirá un ejemplar del presente documento en el momento de la matrícula y será su  responsabilidad  compartirlo con el alumno.

Artículo 7

Al momento de efectuar la matrícula, el apoderado deberá cancelar la primera cuota de la colegiatura  y además la cuota voluntaria del centro de padres y apoderados, ya que existe  un acuerdo con esta entidad  de la obligatoriedad del pago de esta cuota.


Artículo 8

Para efectuar la matrícula, el apoderado deberá entregar los siguientes documentos:     

+ Certificado de nacimiento original.
+ Certificado de estudios del curso anterior  aprobado por el alumno.
+ Libreta de notas o informe escolar
+ Informe de personalidad
+ 2 Fotos tamaño carné
+ Certificado médico o de especialista si el caso lo requiera.( integrados o con dificultades  de app)
+ 2 fundas plásticas
+ Certificado de vacunas (alumnos de kinder y 1º básico)

Artículo 9

El alumno sólo podrá matricularse para el período académico respectivo , siempre que no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

* Tener deuda pendiente por concepto de matrículas, mensualidades, centro general de padres, libros u otros.
* Haber perdido su calidad de alumno regular .

Título III:  DE LOS ESTUDIOS Y RÉGIMEN CURRICULAR.

Artículo 10

El colegio ofrece una modalidad HC el cual  a su vez incluye programas de formación personal y vocacional.

Artículo 11

Las actividades curriculares se desarrollan a través de asignaturas y actividades académicas programadas, las que se realizarán mediante clases, laboratorios, talleres, visitas en terreno u otras actividades docentes.

Artículo 12

Las actividades podrán impartirse en régimen semestral, definido por el establecimiento.

Artículo 13

El período académico anual se dividirá en 2 semestres de un mínimo de 20 semanas cada uno, incluido el proceso de evaluación.

Artículo 14

La carga horaria es el conjunto de asignaturas obligatorias y electivas , además de las actividades programadas que conducen al desarrollo de un buen proceso de enseñanza aprendizaje y varía dependiendo el nivel en el cual se encuentra el alumno

Título IV: ASISTENCIA.

Artículo 15

La asistencia a clases es obligatoria; según lo decretado en el Reglamento de Evaluación y  promoción escolar del establecimiento. (85% para ser promovido) Esta misma obligación  rige para  las   actividades de libre elección.  (Básquetbol, Fútbol, Handball, Folclore, Teatro,  Interpretación Musical, Banda, Taekwondo,  Computación, etc.

Artículo 16

La asistencia es obligatoria a todos los actos y actividades y programas dentro y/o fuera  del  Establecimiento.

Artículo 17

Toda inasistencia deberá ser justificada personalmente por el apoderado al reintegrarse a clases. No se aceptarán comunicaciones ni llamados telefónicos.

Artículo 18

Todo alumno que exceda el 15% de inasistencia durante el año escolar repetirá de  curso, cualquiera  sean sus notas  o motivos;  sólo en casos muy especiales (licencias  prolongadas) la  Directora  junto al Consejo de Profesores podrá autorizar la promoción.  (Este artículo no es aplicable a viajes o ausencias esporádicas). En caso de licencia médica, ésta deberá ser presentada a más tardar 3 días hábiles después de reintegrarse a clases el alumno. (no se aceptarán licencias fuera de plazo)

Artículo 19

En  caso de enfermedad, la inasistencia a pruebas fijadas con anterioridad deberá ser justificada personalmente por el apoderado (previa presentación del certificado médico) y deberá rendir la evaluación en jornada contraria o en extensión horaria. En caso de que  el alumno o alumna falte a dicha evaluación; ésta será aplicada en la primera  oportunidad en que se presente a clases.

Título  V: REPRESENTACIONES  PÚBLICAS DE LOS ALUMNOS

Artículo 20

En caso de inasistencia a evaluaciones por suspensión de clases, por motivos administrativos o conductuales, las reprogramaciones de pruebas se realizarán al término de cada calendario evaluativo mensual.
Artículo 21
En caso de inasistencia por participar representando al Colegio o solicitado por otros establecimientos en representación de la comuna, a nivel local, regional o nacional en actividades curriculares y/o extraescolares, la evaluación se reprogramará con escala de 2.0  a 7.0 y, además, se estimulará en la asignatura según sea su participación.

Título VI: PUNTUALIDAD.

Artículo 22

La llegada de los alumnos deberá ser antes del inicio de la jornada escolar diaria.  (08:00 Hrs AM).

Artículo 23

Los alumnos atrasados sólo podrán ingresar con la debida autorización de inspectoría. Dicha  autorización  se dará sólo en la libreta de comunicaciones . La libreta de comunicaciones es de uso diario y obligatorio y será el único documento permitido por Inspectoría  para otorgar pases de atraso o enviar comunicaciones de curso u  otro estamento

Artículo 24

Los alumnos de NB1 y NB2  (1º a 4º básico) usarán un cuaderno de 40 hojas (cuadro chico) en reemplazo de la libreta de comunicaciones.

Artículo 25

Si el  atraso excede los 15  minutos los alumnos  deberán  esperar hasta  el cambio de hora para ingresar a clases y en caso de reincidencia puede ser devuelto a su domicilio (7º básico a 4º medio) situación que será comunicada por teléfono al apoderado.

Artículo 26

Los atrasos reiterados (3) deberán ser justificados personalmente por el Apoderado. Después del  5º atraso el alumno será devuelto a su hogar.   En caso  de que el alumno persista en dicha falta  será suspendido de clases.

Artículo 27

Los recreos serán distribuidos de la siguiente manera: el 1º  de  9,30 a 9,45  horas,  el 2º de 11,15  a 11,25  horas y el 3º  de 12,55  a 13,00  horas. Es deber del alumno volver puntualmente a clases después del recreo.

Artículo 28

Los alumnos del  2º NTM (Kinder) y primero básico no podrán ingresar con su apoderado  una vez iniciada la jornada de clases.

Artículo 29

Al término de la jornada, los apoderados deberán retirar puntualmente a los alumnos. El Colegio no se responsabilizará de los alumnos que no sean retirados en el horario que   corresponda (con una tolerancia de 10 minutos).

Título VII: DERECHO DE LOS ALUMNOS

Artículo 30

El alumno al ser matriculado adquiere los siguientes derechos:

a)    Conocer el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno.

*    Participar del Proceso Educativo en concordancia con los Planes y Programas aprobados por el    MINEDUC y adaptados a la realidad educativa propia del  “Corona School”.
*    Participar y recibir la formación integral coherente con el perfil del alumno definido en el  Proyecto Educativo Institucional.
* Participar en todas  y cada una de las  actividades académicas insertas en el currículum planificado y ofrecido por el Colegio.
*    Utilizar las dependencias del Colegio que estén a disposición del régimen curricular como es el caso señalar: Aulas, Patios, Comedores,  Biblioteca, Laboratorio de Ciencias, Computadores, Gimnasios y otros, conforme a lo dispuesto por la Dirección del Establecimiento.
* En su  calidad de alumno: ser escuchado y atendido  por la Dirección, sub.-dirección, orientación y UTP  del establecimiento si la situación así lo amerita.
*    Recibir orientación escolar, vocacional y personal cuando el alumno lo requiera.
*    Recibir un trato digno y sin discriminación de raza o  credo.


Título VIII: DEBERES DE LOS ALUMNOS

Artículo 31

Ser Honrado, veraz y .mostrar buen comportamiento dentro y fuera de la Escuela. Mantener en todo momento un lenguaje y vocabulario correcto acorde con la calidad de alumno que el colegio está  formando, evitando los garabatos y modismos.

Artículo 32

Evitar  molestar y/o contaminar el entorno rayando, botando basura o hablando groserías en las inmediaciones del colegio.

Artículo 33

Mantener una presentación personal impecable dentro y fuera del establecimiento, usando correctamente el uniforme o buzo.

Artículo 34

Mantener una actitud de respeto durante el  desarrollo de las clases

Artículo 35

Mantener una actitud de respeto en  actos internos, especialmente mientras participa en la entonación  del Himno Nacional, evitando hacer gestos, reírse, conversar, etc.

Artículo 36

Presentar el material exigido en cada asignatura. En caso de inasistencias o atrasos deben ponerse al día oportunamente en la materia y   deberes escolares.

Artículo 37

Respetar a Directivos, Profesores, Administrativos, Compañeros, Padres y Apoderados.

Artículo 38

Cuidar el mobiliario escolar y dependencias del establecimiento usándolo  correctamente  y sin rayarlo. Cada alumno es responsable de mantener limpio su mobiliario, cualquier  raya o mancha  será de su exclusiva responsabilidad.

Artículo 39

Evitar juegos bruscos, (patadas, empujones, puñetes, etc.) o simularlos con la intensión de   subirlos a internet.

Artículo 40

Usar adecuadamente los servicios higiénicos evitando mojar el piso, dejar llaves abiertas, orinar fuera de los artefactos, etc.

Artículo 41

Los alumnos  que ingresen con promedios deficientes quedarán condicionales debiendo abandonar el establecimiento en caso de no mejorar sus promedios deficientes o en caso de presentar problemas de disciplina reiterados.

Artículo 42

Acudir al comedor durante la hora de colación y traer colación contundente.

Artículo 43

Los alumnos que tengan condicionalidad de matrícula por disciplina, estarán impedidos de participar como candidatos en el centro de alumnos.

Artículo 44

Considerando que el embarazo es  el inicio de una nueva vida; que las madres embarazadas tienen derecho por ley a un descanso pre y post natal y que una adolescente aún no está física y emocionalmente en condiciones de afrontar el desgaste que supone un  embarazo. Si alguna alumna presenta esta condición y como una forma de  salvaguardar  la seguridad de la madre y el bebé tendrá las facilidades de horario que corresponde  a su estado.

Artículo 45

El Colegio tomará todas las medidas necesarias para ir en ayuda del alumno(a) que se encuentre en riesgo social, como también pondrá a disposición de todos sus profesionales con el fin de que este alumno(a) se desarrolle en un ambiente normal, siempre pensando en la formación donde imperen los valores tales como: El Respeto, la Solidaridad, la Responsabilidad y el Interés de surgir.

Título IX:  DEBERES DE LOS APODERADOS

Artículo 46

Los Padres y Apoderados del “Corona School” deberán:

Apoyar a sus hijos en el presente Reglamento.

Artículo 47

Respetar el conducto regular para solucionar cualquier situación emergente dejando como última alternativa la directora.

Artículo 48

Presentar al momento de la matrícula todos los documentos exigidos. Si el apoderado  no presenta las fotos deberá cancelar $ 500 para pagar un fotógrafo.

Artículo 49

Proveer a sus hijos de los útiles escolares a más tardar el 15 de abril, incluyendo las resmas de hojas, en caso de incumplimiento el apoderado deberá pagar  el valor de la resma al momento de cancelar la colegiatura.

Artículo 50

Proveer a sus hijos del  uniforme completo incluyendo el vestón desde el primer y hasta el último día de clases.

Artículo 51

Buscar ayuda profesional para su pupilo en caso de ser requerido.

Artículo 52

Asistir a reuniones del Centro de Padres, sub-centro y cuando el colegio requiera su presencia en  forma obligatoria; en caso de ausencia reiterada a reunión (2º), el   alumno será suspendido de clases por un día.

Artículo 53

Los apoderados que voluntariamente o  por elección del curso asuman la Tesorería    del mismo; deberán abrir una cuenta “bipersonal” con el profesor jefe o presidente de curso y rendir cuenta por lo menos 2 veces por semestre a la asamblea presentando la libreta con el total del dinero existente. Esta misma obligación rige para el tesorero del CEAL.

Artículo 54

Cooperar en las actividades y labores que le solicita el colegio.

Artículo 55

Indemnizar al Establecimiento por todo daño que su pupilo cometa tales como: Quebradura de vidrios, deterioro de muebles, rayado en muros, daños en la infraestructura,   deterioro o pérdida de  material didáctico y/o deportivo, etc. Dicha indemnización debe hacerse efectiva en un plazo máximo de 3 días.

Artículo 56

En caso de inasistencia del apoderado a una citación cursada  por la dirección  o subdirección se enviará, por escrito, la sanción disciplinaria que corresponda.  El apoderado deberá firmar dicho documento.

Artículo 57

Retirar del establecimiento a su hijo(a) si se encuentra enfermo(a) o tenga control médico, siempre y cuando esta información se halla recibido de Inspectoría o  personal autorizado.

Artículo 58

El Apoderado (a) No deberá ingresar a la sala  mientras el profesor imparte clases, salvo autorización de la directora.

Artículo 59

El apoderado no podrá retirar al alumno de clases, a no ser que haya una situación absolutamente justificada. (viaje, hora al médico o dentista)

Artículo 60

Comunicar oportunamente el cambio de domicilio y/o teléfono que se produzca durante el año escolar, en caso de no hacerlo el establecimiento no se hace responsable de comunicar al apoderado ante la eventualidad de un accidente.

Artículo 61

Refrendar con su firma  todas las comunicaciones que el alumno llevó a casa y acusar recibo (se aceptará sólo la firma del apoderado registrados previamente).  

Artículo 62

Solicitar entrevistas con los Profesores Jefes y/o asignaturas, para conocer el  accionar escolar de su pupilo (a).

Artículo 63

Respetar la hora de atención de Padres y Apoderados indicada por los Profesores Jefes  y de Asignatura.  No es excusa para las inasistencia  las razones de trabajo.

Artículo 64

Los padres que por razones de trabajo, viaje u otro no asistan a reunión de apoderados o citaciones de profesores, dirección o subdirección en forma reiterada, se entenderá como falta grave o abandono de su rol de apoderado; salvo que en su representación asista un familiar directo del alumno, previo poder simple.

Artículo 65

Evitar mandar a su pupilo(a) enfermo(a) a clases (con fiebre, diarrea, vómitos, etc. o golpeados).  De hacerlo deben poner en conocimiento a los Profesores del curso, o dejar constancia en Inspectoría.

Artículo 66

Informar al establecimiento cualquier situación emergente entre los alumnos. Ningún apoderado puede reprender a otro  alumno en la calle  ni en el establecimiento  por situaciones ocurridas dentro de él.

Artículo 67

Entender las situaciones emergentes, golpes, caídas, accidentes.  Ante estas circunstancias el colegio se responsabiliza trasladando al alumno al hospital, posterior al diagnóstico médico se comunicará inmediatamente a los señores Padres  y Apoderados, para sus respectivas gestiones, en caso contrario, podrá llevarlo el apoderado solicitando el formulario de seguro escolar en la Inspectoría.

Artículo 68

Fomentar en sus hijos el sentido de generosidad (colaborando en la medida de sus posibilidades) en las  campañas solidarias internas o hacia la comunidad

Artículo 69

Considerando que nuestro Establecimiento es eminentemente valórico, será de responsabilidad de los padres cautelar su buena conducta fuera del establecimiento, especialmente lo que se refiere a la  ingesta de alcohol, consumo de tabaco y/o drogas, realizando exámenes de control si el colegio lo solicita ante la posibilidad de consumo.

Artículo 70

Favorecer la formación cultural de su hijo(a), destinando por lo menos 1 vez al mes los recursos necesarios para asistir a eventos culturales (teatro, conciertos, encuentros musicales, etc.)

Artículo 71

Motivar en sus hijos(as)   la honradez devolviendo a la profesora del curso, cualquier elemento ajeno a su pertenencia.

Título X:  NORMAS DE LA INSTITUCIÓN Y ORGANISMOS DE LA COMUNIDAD

Artículo 72

El colegio está obligado a respetar y cumplir las normas contractuales y laborales, en especial:

* Respetar al personal del Establecimiento en su dignidad como persona y en la calidad de docente.

1. Pagar remuneraciones en conformidad a las estipulaciones contractuales legales.
2. Dar a cada miembro del personal la ocupación efectiva de las labores convenidas.
3. Instruir adecuadamente y con los medios necesarios, acerca de los beneficios otorgados por los organismos de seguridad social y previsional.
4. Promover el perfeccionamiento del personal en conformidad a la legislación sobre capacitación profesional.
5. Oír los reclamos que formula el personal, ya sea directamente o a través de sus representantes.
6. Informar y hacer cumplir las normas Pedagógicas emanadas del MINEDUC.
7. Otorgar las facilidades necesarias para que pueda realizarse eficazmente la labor de supervisión e inspección que realiza el Mineduc  a los establecimientos.
8. Proporcionar, de acuerdo a sus posibilidades, materiales de enseñanza necesarios para el desarrollo del quehacer educativo.

Artículo 73

Obligaciones Generales del Personal del Colegio

El personal del Colegio Corona School está obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:

* Realizar el trabajo convenido, a fin de que el Establecimiento pueda cumplir  adecuadamente los fines de la educación.

1. Realizar personalmente la labor convenida, de acuerdo con las normas e instrucciones del MINEDUC y el establecimiento, según corresponda.
2. Desempeñar su labor con diligencia y colaborar al mejor funcionamiento del proceso educacional del establecimiento.
3. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se desempeña, en este caso, el Colegio Corona School.
4. Dar aviso oportuno a la Dirección de su ausencia por causa justificada.
5. Respetar los controles de entrada y salida.
6. Mantener la sobriedad y corrección en su presentación personal.
7. Mantener, en todo momento, trato cordial y amable con los alumnos, padres y apoderados, y en general, con todos los integrantes de la comunidad educativa.
8. Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferentes con jefes, compañeros de trabajo, subalternos y alumnos.
9. Velar por los intereses del colegio, evitando pérdidas, deterioros o gastos innecesarios.
10. Comunicar con 48 horas de sucedido, cualquier cambio en antecedentes personales para ser anotado en el contrato de trabajo, especialmente cambio de domicilio y teléfono particular.
11. Firmar el libro de asistencia según horario establecido en el contrato de trabajo.

Artículo 74

Prohibiciones Generales para el Personal del Colegio

Queda prohibido al personal del Colegio Corona School.

* Faltar al trabajo sin causa justificada.

1. Hacer abandono de trabajo en horas de labor, sin la debida autorización escrita de la dirección del colegio.
2. Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.
3. Incurrir en atrasos reiterados en la hora de llegada.
4. Presentarse al trabajo en estado de ebriedad, bajo la influencia del alcohol, drogas o estupefacientes.
5. Causar daño voluntario o intencional a las instalaciones del establecimiento.
6. Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes y/o darlas a consumir.
7. Fumar tabaco en cigarrillo, pipa o similar frente a los alumnos y/o apoderados.
8. Efectuar comercio dentro del establecimiento, sin la autorización escrita de la Dirección.
9. Alterar u omitir su firma en el libro de asistencia
10. Castigar física, psicológica  a los alumnos.
11. Alegar desconocimiento de lo estipulado en este reglamento.
12. Alterar el registro de asistencia de los alumnos.
13. Alterar o modificar el registro de calificaciones de los alumnos.

Título XI : PRESENTACION PERSONAL DE LOS ALUMNOS

Artículo 75

Considerando que el apoderado elige libremente la educación particular subvencionada en pleno  conocimiento de su exigencia y de los recursos que se requieren  para ello y que este uniforme fue  aprobado en asamblea general.  Será de responsabilidad del hogar disponer oportunamente de  las prendas descritas  en el presente reglamento y renovarlas en caso de deterioro o pérdida.

Artículo 76

EDUCACIÓN PRE BÁSICA,  BÁSICA Y MEDIA:

DAMAS:

Falda escocés a la cintura según diseño estipulado.

Camisera blanca.

Blazer verde petróleo.

Corbata verde e insignia “según diseño”.

Medias verdes.

Zapatos negros. (Limpios)

Chaleco plomo con vivos verde, según diseño.

Delantal blanco. (Abotonado)  ¡Sólo para Ed. Básica!

Pechera con mangas según diseño del colegio  para Ed. Pre básica.

Artículo 77

PRENDAS OPTATIVAS:

Polera de pique blanca con vivos verde, plomo y  amarillo en el cuello y mangas.  

Pantalón de vestir  plomo diseñado por el colegio sólo para la temporada de invierno (período  comprendido entre junio y septiembre). No se acepta el uso de esta prenda fuera de temporada o en  reemplazo de la falda.

Artículo 78

VARONES:

Pantalón gris perla.

Vestón verde petróleo.

Camisa blanca.

Corbata verde e insignia según diseño.

Zapatos negros (lustrados) No se permite el uso de zapatillas negras en vez de zapatos.

Calcetines plomos.

Chaleco plomo con vivos verdes.

Delantal blanco: (abotonado) ¡Sólo para ED. Básica!

Pechera con mangas según diseño del colegio  para Ed. Pre básica.

Artículo 79

PRENDA OPTATIVA:

Polera de pique blanca con vivos verde, plomo y  amarillo en el cuello y mangas.

Artículo 80

En caso de pérdida o deterioro de cualquier prenda del uniforme  el apoderado deberá  reemplazarla  en el plazo máximo de 3 días.

Artículo 81

Se prohíbe estrictamente el uso de joyas, accesorios u otros elementos ajenos al uniforme del colegio; especialmente aquellos que, son producto de la exageración o modas esporádicas (Ejemplo aros en la nariz,  ceja, boca, expansiones, etc.) Dichos elementos serán retirados y entregados al apoderado al término del año escolar. El colegio no se hace responsable en caso de deterioro o pérdida  de dichos elementos.

Artículo 82

Los alumnos no podrán combinar prendas de uniforme y buzo. Ejemplo: pantalón de buzo con chaleco plomo o chaqueta de buzo con uniforme.

Artículo 83

UNIFORME  DE EDUCACIÓN FÍSICA Y TALLERES:

DAMAS Y VARONES: ED.  Básica y Media.

Buzo del  colegio: gris perla con verde petróleo como salida de cancha.

2  polera  del colegio, una para la clase práctica y la otra para cambiarse. Cualquier polera de otro color será retirada por inspectoría.

Short o patas gris,  según diseño del colegio. (Sólo  para clases prácticas)

Calcetas y zapatillas  blancas o negras.

Útiles de aseo como toalla, jabón y shampoo.

Artículo 84

Los alumnos y alumnas deben  transitar desde o hacia  el colegio con  buzo. (Por ningún   motivo  con short o patas).

Artículo 85

Se prohíbe estrictamente el  uso de cualquier elemento ajeno  a la tenida deportiva descrita  (gorros, poleras de color, polerones de otro color o diseño, etc.).  Dichos elementos serán retirados por inspectoría y entregados al apoderado previo compromiso de no traerlos nuevamente, en caso de repetirse el hecho las prendas serán devueltas al término del año escolar.

Título XII : MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Artículo 86

Al primer incumplimiento de cualquier artículo del presente Reglamento Interno se dará inicio secuencial de las siguientes sanciones:

*  Amonestación Verbal.
*  Amonestación escrita.
*  Citación y entrevista con el Apoderado (a la 3º amonestación)
*  Diálogo y compromiso escrito con el apoderado y el alumno.
*  Si el caso lo amerita participación de la orientadora. (mediación)
*   Suspensión de clases (1, 2 ó 3 días según sea la gravedad de la falta y/o reincidencia).

Condicionalidad De Matrícula frente a las siguientes situaciones:

* Por acumulación de observaciones negativas o por suspensiones reiteradas (4)
* Por incumplimiento o abandono del apoderado en relación a las reuniones y/o citaciones  del establecimiento.
* Para alumnos repitentes: Ellos quedarán condicionales  al primer semestre del año siguiente a la repitencia. Si  a esa fecha no han mejorado su rendimiento,  deberán buscar otro colegio.
* Por irreverencia o falta de respeto por parte del apoderado hacia funcionarios del establecimiento. (Gritos. golpear la mesa, garabatos, portazos al salir,  etc)


Artículo 87

EXPULSIÓN DEL COLEGIO SÓLO POR FALTAS GRAVÍSIMAS.

1. Los apoderados que lo deseen pueden apelarrespecto de la expulsión de su pupilo(a),  mediante carta  dirigida al consejo de profesores, quién deliberará y responderá por escrito, pudiendo aceptar la apelación y dejando al alumno con condicionalidad estricta.
2. Expulsión inmediata del colegio e impedimento para asistir a clases si el alumno (a) presenta  una amenaza para sus compañeros o profesores, ya sea por amenazas, acoso, agresiones o consumo de drogas en el establecimiento o sus inmediaciones.





Artículo 88

GRADUALIDAD DE LAS FALTAS:



FALTAS LEVES: Ameritan registro en su hoja de vida.

+ Contestar de mala manera.
+ Negarse a abandonar la sala si un docente lo solicita
+ Burlarse de alumnos o profesores.
+ Referirse a sus compañeros con apodos o  descalificaciones.
+ Copiar durante el desarrollo de las pruebas.
+ Salir constantemente de la clase, ya sea para ir al baño, sacar fotocopias, etc
+ Salir sin autorización del establecimiento a comprar, buscar prendas o trabajos olvidados o a   

hacer  trámites personales. Sólo podrán  salir a almorzar los alumnos que registren    

domicilio a menos de 5 cuadras del  establecimiento, previa  autorización  firmada por  

el apoderado.

+ Interrumpir o perturbar las clases.
+ Molestar o abusar de sus compañeros, etc.
+ Rayar escribir o dibujar en cuadernos, murallas, bancos, servicios higiénicos, etc.
+ Pololear en  las dependencias o inmediaciones del colegio.
+ Hacer dibujos obscenos en hojas, cuadernos, mobiliario, etc.
+ Llegar atrasado(s) al término del recreo o en los cambios de horas, los alumnos que incurran

en esta falta deberán  cumplir estudio dirigido en biblioteca.

+ Comer en hora de clases, especialmente mascar chicle.
+ Permanecer en la sala de clases durante la colación.
+ Artículo 89

FALTAS GRAVES: Se procederá a suspender al Alumno de clases  por falta grave, determinación  que será  tomada  por la Directora,  Sub directora o personal asignado por alguna de ellas. Son faltas graves las siguientes:

 

Faltas graves

Alumnos Sin Sanción Anterior

Alumnos Con Sanción Anterior

 

 

 

  • Falsificar notas (Pruebas).

 

Registrar en hoja de vida

Registrar en hoja de vida

 

Citar al apoderado

Citar al apoderado

 

Suspensión de clases 2 o 3 días

Suspensión de clases 2 o 3 días

 

Extrema  Condicionalidad

Reubicación en otro Colegio

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

Exceso de anotaciones negativas

 

Citar al apoderado

Citar al apoderado

(4,5,6,7, etc).

Entrevista con sub directora u orientadora.

Entrevista con sub directora u orientadora.

 

Suspensión de clases 1 día

Extrema condicionalidad

 

Compromiso del alumno y del

Ratificación Consejo de Profesores

 

apoderado

 

 

 

 

 

 

 

Conseguir las preguntas y/o

Registrar en hoja de vida

Registrar en hoja de vida

respuestas  de alguna prueba

Citar al apoderado

Citar al apoderado

 

Suspensión de clases 2 o 3 días

Suspensión de clases 2 o 3 días

 

Extrema  Condicionalidad

Reubicación en otro Colegio

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

Fugarse de clases.

Registrar en hoja de vida

Registrar en hoja de vida

 

Citar al apoderado

Citar al apoderado

 

Suspensión de clases 1 a 2 días

Suspensión de clases  2 a 3  días

 

 

Condicionalidad de matrícula

 

 

 

Agresión Verbal y/o

Registrar en hoja de vida

Registrar en su hoja de vida

amenaza a otro alumno

Entrevista con orientadora

Citar al apoderado

 

Compromiso de no agresión

Suspensión de clases  2 ó 3 días

 

Suspensión 1 día

 

 

 

 

Agresión Verbal y/o

Registrar en hoja de vida

Denunciar a la Fiscalía

amenaza a Profesor o

Citar al apoderado

correspondiente

 

Derivar a un especialista (Psicólogo,

Registro en el libro de clases

 

Neurólogo, Psiquiatra, etc.)

Reubicación en otro Colegio

 

Suspensión de clases de 2 a 3 días

 

 

Extrema Condicionalidad

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

Fumar en el establecimiento, en sus

Registrar en hoja de vida

Registrar en hoja de vida

Inmediaciones con o sin

Citar al apoderado

Citar al apoderado

uniforme y/o en cualquier

Suspensión de clases 1 a 2 días

Suspensión de clases  2 a 3  días

actividad que involucre

 

Condicionalidad de matrícula

represente al  establecimiento.

 

 

 

 


Artículo 90

FALTAS GRAVÍSIMAS. La Dirección del establecimiento se reserva el derecho de solicitar al Apoderado el  retiro  Inmediato del alumno por los motivos que se indican: (estas sanciones son inapelables)

 

Faltas gravísimas

Alumnos Sin Sanción Anterior

Alumnos Con Sanción Anterior

 

Registrar en hoja de vida

 

 

 

 

 

Citar al apoderado

 

 

 

 

 

Derivar a un especialista (Psicólogo,

Registro en el libro de clases

 

Cualquier manifestación  y/o

Psiquiatra, etc.)

Reubicación en otro Colegio

 

acto sexual explicito

Suspensión de clases de 2 a 3 días

 

 

 

 

Extrema  Condicionalidad

 

 

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

Cyber bullying

 

 

 

 

 

(subir a Internet textos,

Registrar en hoja de vida

 

Denunciar a la Fiscalía

 

fotos, videos y otros medios,

Citar al apoderado

 

correspondiente

 

que sean ofensivos contra el

Derivar a un especialista (Psicólogo,

Registro en el libro de clases

 

establecimiento y/o

Psiquiatra, etc.)

Reubicación en otro Colegio

 

algún miembro de la

Suspensión de clases de 1 a 3 días

 

 

 

comunidad  escolar.

Extrema Condicionalidad

 

 

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

Denunciar a la Fiscalía

 

 

 

 

Robar o Hurtar

correspondiente

 

Registro en el libro de clases

 

Registrar en hoja de vida

 

Citar al apoderado

 

Citar al apoderado

 

Reubicación en otro colegio

 

 

 

Derivar a un especialista (Psicólogo,

Impedimento para ingresar al

 

 

 

Psiquiatra, etc.)

Colegio.

 

 

 

Suspensión de clases de 2 a 3 días

 

 

 

 

Extrema Condicionalidad

 

 

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ingresar con Alcohol

Registrar en hoja de vida

 

Registro en el libro de clases

 

 

 

Citar al apoderado

 

Citar al apoderado

 

Suspensión de clases de 1 a 3 días

Reubicación en otro colegio

 

Extrema Condicionalidad

Impedimento para ingresar al

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

Colegio.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Beber o drogarse en

Registrar en hoja de vida

 

Registro en el libro de clases

 

 

el establecimiento, en sus

Citar al apoderado

 

Citar al apoderado

Inmediaciones con o sin

Derivar a un especialista (Psicólogo,

Reubicación en otro colegio

uniforme y/o en cualquier

Neurólogo, Psiquiatra, etc.)

 

 

 

actividad que involucre

Suspensión de clases de 1 a 3 días

 

 

 

represente al

Extrema Condicionalidad

 

 

 

 

establecimiento.

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Portar Droga en mínima

El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente

 

 

 

 

cantidad o

 

 

Denunciar a la Fiscalía

 

Ingresar Drogado

Registrar en hoja de vida

 

correspondiente

 

(con evidentes signos)

Citar al apoderado

 

Registro en el libro de clases

 

 

Suspensión de clases de  2 a 3 días

Citar al apoderado

 


Extrema Condicionalidad

Reubicación en otro Colegio

 

 

 

Control mediante exámenes cada cierto tiempo. (costo del apoderado)

 

Impedimento para

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

Ingresar al colegio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Agresión Física y/o

Registrar en hoja de vida

 

Citar apoderado

 

 

que provoque daño o lesión

Citar al apoderado

 

Registro en el libro de clases

 

 

dentro y/o fuera del

Suspensión de clases 1 día

 

Reubicación en otro Colegio

 

Establecimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Agresión Física y/o

Registrar en hoja de vida

 

 

 

 

intimidación a Profesor o

Citar al apoderado

 

 

 

 

Funcionario

Reubicación en otro Colegio

 

 

 

Aplicación inmediata de la medida, según el artículo 91

 

 

Agresión, acoso o

Denunciar a la Fiscalía

 

 

 

 

abuso sexual

correspondiente

 

 

 

 


Registro en el libro de clases

 

 

 

 

 

 

Reubicación en otro Colegio

 

 

 

 

Impedimento de ingresar al

 

 

 

colegio

 

 

 

 

 

 

 

Portar arma blanca,

El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente

 

El colegio se reserva el derecho de denunciar a la Fiscalía correspondiente

 

 

manopla, revólver, o

 

 

 

Registro en el libro de clases

 

 

cualquier objeto que

Registrar en hoja de vida

 

Citar apoderado

 

produzca daño físico.

Citar al apoderado

 

 

Reubicación en otro Colegio

 

 

Derivar a un especialista :Psicólogo,

 

 

 

Psiquiatra, etc. ( Costo del apoderado)

 

 

 

Suspensión de clases de 2 a 3 días

 

 

 

 

Extrema Condicionalidad

 

 

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

 

 

 

 

Alterar y falsificar notas en

Registrar en hoja de vida

Registro en el libro de clases

 

 

documentos oficiales del colegio.

Citar al apoderado

Citar apoderado

 

 

 

Suspensión de clases de 1 a 3 días

Reubicación en otro Colegio

 

 

 

Extrema Condicionalidad

 

 

 

 

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

 

 

 

 

 

Incumplimiento reiterado

Registrar en hoja de vida

Registro en el libro de clases

 

 

del apoderado a su rol de

Citar al apoderado

Citar apoderado

 

 

representante del  alumno

Cambio de apoderado

Reubicación en otro Colegio

 

 

ante la dirección y

Extrema Condicionalidad

 

 

 

actitudes contrarias a

Ratificación Consejo de Profesores

 

 

 

la sana convivencia.

 

 

Artículo 91

Se considera la Cancelación de Matrícula (inmediata) por los siguientes motivos:

·  Cuando un alumno está en condicionalidad estricta y vuelve a cometer una falta grave de disciplina.
·  Falta delictual dentro o fuera del colegio.
·  Ser portador, consumidor o proveedor de drogas, arma blanca, o cualquier otro elemento que atente contra la                         integridad física y mental de las personas.    
·  Agresión  a un profesor  o funcionario  del colegio.
· Estas medidas serán aplicadas en forma inmediata.

· Agresión, coso o abuso sexual

Artículo 92

Se aplicará condicionalidad a un alumno cuando las faltas hayan ocasionado 2 suspensiones previas. Esto implicará la cancelación de matrícula al final del año en que se cometieron las faltas. El colegio se reservará el derecho de cancelación  inmediata, si el proceder de un alumno contraviniera algunas de  las especificaciones anteriormente expuestas, según opinión del Consejo.

Artículo 93

Si el alumno está con condicionalidad estricta, se podrá Cancelar la matrícula en forma inmediata al incurrir en una nueva falta, pudiendo asistir en hora extraordinaria a rendir pruebas y será excluido de la ceremonia de Licenciatura al tratarse de un alumno de IV año de Enseñanza Media, no eximiéndolo de rendir evaluaciones restantes de acuerdo a calendario entregado por UTP, quien coordinará con los profesores de asignatura.

Título XI: NORMATIVA

Artículo 94

Los alumnos y alumnas que por iniciativa propia o de sus padres usen celulares, deben tenerlos apagados durante las  horas de clases y mantenerlos a buen  resguardo;  puesto que el colegio no se responsabiliza por ellos en caso de  pérdida o deterioro.

Artículo 95

Se prohíbe el uso de equipos de música como MP3 o  MP4 en la sala de clases. Dichos elementos serán retirados y entregados al apoderado;  el colegio no responderá ante deterioro   o pérdida.

Artículo 96

La higiene personal será controlada periódicamente por el Profesor Jefe e inspectoría (corte de pelo, ropa limpia, ojos sin  maquillaje, etc.)

Artículo 97

Los varones deben usar corte de pelo tradicional desde el primer y hasta el último día de clases, especialmente en eventos importantes como licenciatura, desfile, premiación, etc. quedando impedidos de participar en la ceremonia en caso de incumplimiento.  No se aceptarán cortes de moda (hongo, chuletas, quiscos,  mechones, colitas, teñidos,  emo,  mohicano,  etc.)

Artículo 98

Los alumnos que no cumplan con el corte de pelo, una vez notificados tendrán 24 horas para cumplir con dicha exigencia. En caso contrario serán devueltos a su hogar. (previo aviso al apoderado). Las damas no deben usar maquillaje. En caso de reincidencia se retendrán las pinturas y se entregarán al apoderado.

Artículo 99

Por higiene los alumnos deben presentarse diariamente  afeitados. El estudiante que no cumpla deberá comprar una máquina desechable y afeitarse para ingresar  a clases.

Artículo 100

Las alumnas deben permanecer en todo momento con el pelo tomado con un cole o cintillo  verde y sin tintura. Las estudiantes que sean notificadas deben teñirse nuevamente de su color antes de 48 horas, de lo  contrario serán devueltas a su hogar.

Artículo 101

Los alumnos y alumnas deben presentarse en todo momento ordenados y limpios  independientemente de las modas  vigentes, como por ejemplo: usar   camisa afuera, mangas  recogidas, cuello y corbatas suelta o pantalones a la cadera.

Artículo 102

Toda pertenencia debe estar marcada con el nombre y curso del Alumno.  El establecimiento no se responsabiliza  de la pérdida de estas prendas.

Artículo 103

Los alumnos que presenten problemas de pediculosis,  tendrán 24 horas (una vez detectado e informado al apoderado el problema) para efectuar tratamiento.

Artículo 104

El largo de la falda debe ser moderado (3 dedos sobre la rodilla). La apoderada debe estar atenta al crecimiento de la  alumna para mantener el largo de la falda.

Artículo 105

Los alumnos de educación básica (1º a 8º) deben usar diariamente delantal blanco (marcado con su nombre y curso).

Título XII :DISPOSICIONES FINALES:

Artículo 106

Es facultad de la Dirección del Colegio adoptar las medidas necesarias para una mejor organización y funcionamiento del Establecimiento en lo que dice relación con los cursos, distribución de alumnos, cambio de profesores, de sala,  etc. El apoderado deberá comprender y apoyar la gestión realizada.

Artículo 107

El Apoderado y Pupilo se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del presente Reglamento interno del momento en que este sea matriculado.

Artículo 108

Toda aquella situación que no esta contemplada en presente Reglamento Interno será resuelta por la Dirección del Colegio.

Se adjunta “Reglamento de evacuación”

Se adjunta Reglamento Interno para que previa lectura,  el apoderado lo firme   comprometiéndose a respetarlo íntegramente. 

ES RESPONSABILIDAD DEL APODERADO LEER ÍNTEGRAMENTE ESTE REGLAMENTO E INSTRUIR A SU PUPILO (A) EN EL CONOCIMIENTO Y APLICACIÓN  DE LAS NORMAS CONTENIDAS EN ÉL.